Mi Derecho a Educar

Transparencia

Gobierno Corporativo

I. Marco Normativo

En Chile, las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro (OSC) están reguladas principalmente por la Ley N° 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. Esta ley establece el marco legal para la creación, funcionamiento y fiscalización de estas entidades. Además, las fundaciones y OSC se rigen por el Código Civil (artículos 545 a 564), que regula las personas jurídicas de derecho privado.

De acuerdo a su finalidad es posible considerar 4 agrupaciones de normas legales que afectan a las fundaciones sin fines de lucro :

A. Constitución y Registro

Ley N° 20.500 Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública

  • Objetivo: Fomenta la participación ciudadana y regula la creación y funcionamiento de asociaciones sin fines de lucro.
  • Constitución: Las OSC se constituyen mediante escritura pública o documento privado suscrito por los socios fundadores.
  • Inscripción: Deben inscribirse en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Código Civil (Artículos 545 a 564)

  • Regulación: Establece las normas generales sobre la constitución, administración y disolución de personas jurídicas de derecho privado.
  • Capacidad Jurídica: Las fundaciones y corporaciones adquieren personalidad jurídica al inscribirse en el registro correspondiente.

B. Transparencia y Rendición de Cuentas

Normas del Servicio de Impuestos Internos (SII)

  • Obligaciones Contables: Deben llevar registros contables y financieros detallados.
  • Declaraciones Anuales: Presentar informes financieros anuales al SII.
  • Revisión de Cuentas: Sujetas a auditorías externas para asegurar la transparencia en la gestión de fondos.

Guía para la Gobernanza Efectiva de Fundaciones y Corporaciones en Chile

  • Recomendaciones: Pautas para la gestión ética, transparente y eficiente de las organizaciones.
  • Buen Gobierno Corporativo: Promueve prácticas de gobernanza que incluyen la participación de los socios, la rendición de cuentas y la responsabilidad social.

C. Derechos y Obligaciones

Derecho de Asociación

  • Garantía Constitucional: La Constitución Política de Chile garantiza el derecho de las personas a asociarse libremente para fines lícitos.
  • Limitaciones: Las asociaciones no pueden perseguir fines contrarios a la moral, al orden público o a la seguridad del Estado.

Participación en la Gestión Pública

  • Promoción: Ley N° 20.500 fomenta la participación de las OSC en el diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas.
    o Consultas Ciudadanas: Las OSC pueden participar en consultas y mesas de trabajo organizadas por organismos públicos.

D. Fiscalización

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

  • Supervisión: El Ministerio, a través del Departamento de Personas Jurídicas, fiscaliza el cumplimiento de las normativas por parte de las fundaciones y OSC.
    o Sanciones: Puede imponer sanciones en caso de irregularidades o incumplimiento de las normativas.

Servicio de Registro Civil e Identificación

  • Registro y Actualización: Administra el registro de personas jurídicas sin fines de lucro y garantiza la actualización de información relevante.

II. Transparencia

En Mi Derecho a Educar creemos que las relaciones sólidas y que perduran en el tiempo son aquellas que se basan en la confianza. Y esa es la relación que deseamos mantener con nuestros amigos, embajadores, asociados y benefactores.

En este sentido, conceptos como transparencia y rendición de cuentas constituyen un compromiso fundamental de nuestra forma de ser y trabajar.

Entendemos la transparencia como el proceso de llevar a cabo nuestras actividades de forma abierta y clara; y la rendición de cuentas como la permanente disposición a asumir nuestra responsabilidad mediante una comunicación oportuna y veraz

Más allá del escandaloso caso “Convenios” descubierto a mediados del 2023, es positivamente indudable que en los últimos años se ha venido generando una creciente y saludable demanda de transparencia hacia las fundaciones por parte de investigadores, donantes, autoridades y ciudadanía en general.

Igualmente es importante tener presente la necesidad de equilibrar dicha información con las preferencias personales de quienes colaboran con la institución respecto de sus datos personales, así como las regulaciones obligatorias que norman el tratamiento de este tipo de información para salvaguardar los derechos de sus titulares.

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